Incentivos fiscales
Incentivos a la producción
Andalucía es uno de los destinos más competitivos de Europa no solo por sus localizaciones, sino por su sólido marco de incentivos fiscales.
España ofrece un sistema de deducciones directas que, sumado a la capacidad de nuestra industria local, asegura el máximo retorno para proyectos de cine, series y artes escénicas.
Producciones internacionales
Andalucía ofrece incentivos fiscales altamente competitivos para largometrajes y series de televisión extranjeras. Según el artículo 36.2 de la Ley 27/2014, el incentivo consiste en una deducción directa por los gastos realizados en territorio español.
Estos incentivos son aplicables exclusivamente a través de una empresa de servicios de producción española inscrita en el Registro de Empresas Cinematográficas del ICAA. Esta empresa asume la ejecución de la producción y gestiona los trámites necesarios para la deducción.
Información básica
- Deducción fiscal
30% sobre el primer millón de euros de base y 25% sobre el exceso. - Tipos de producción
Largometrajes cinematográficos y obras audiovisuales (ficción, animación y documental). - Gasto mínimo en España
1 millón de euros. En producciones de animación, el gasto mínimo es de 200.000 €. - Servicios de VFX
Deducción del 30% para servicios de efectos visuales cuando el gasto en España sea inferior a 1 millón de euros (sujeto a límites de ayudas de minimis). - Límite máximo de deducción
20 millones de euros por producción. En el caso de series, el límite es de 10 millones de euros por episodio. - Gastos elegibles
Gastos de personal creativo con residencia fiscal en España o en un Estado miembro del Espacio Económico Europeo (EEE).Gastos derivados de la utilización de industrias técnicas y otros proveedores.
Rodajes nacionales y Coproducciones
Las producciones españolas y las coproducciones internacionales pueden acceder a las deducciones previstas en el artículo 36.1 de la Ley 27/2014. Habitualmente, estas inversiones se articulan a través de una AIE (Agrupación de Interés Económico).
Información básica
- Deducción fiscal
30% sobre el primer millón de euros y 25% sobre el resto. - Base de la deducción
Coste total de producción, más gastos de copias, publicidad y promoción (estos últimos con un límite del 40% del coste de producción). - Requisito territorial
Al menos el 50% de la base de la deducción debe corresponder a gastos realizados en España. - Límite máximo
20 millones de euros por obra (10 millones por episodio en series) - Límites de intensidad (Acumulación de ayudas)
Generalmente la deducción no puede superar el 50% del coste de producción, pero este límite se eleva en los siguientes casos:
– 85% Cortometrajes.
– 80% Óperas primas (presupuesto <1,5M€), producciones dirigidas por personas con discapacidad o rodadas en lenguas cooficiales.
– 75% Producciones dirigidas exclusivamente por mujeres, documentales o animación (presupuesto <2,5M€).
– 60% Coproducciones internacionales con países iberoamericanos.